Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 24.ª Tasa por evaluación ambiental de planes y programas
Art. 187
En vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por los órganos administrativos competentes, de la evaluación ambiental de planes y programas.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-187