Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 22.ª Tasa por evaluación de impacto ambiental de proyectos incluidos en los anexos I de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha y de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
Art. 179
En vigor desde 31 may 2016
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por los órganos administrativos competentes, de la evaluación ambiental de proyectos de los anexos I de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha y de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Se modifica por el .17 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6725
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-179