Art. Preambulo

En vigor desde 10 jul 2010
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley. PREÁMBULO Desde su entrada en vigor, hace ya más de una década, la Ley 3/1988, de 23 mayo, de la Generalitat, de designación de Senadores en representación de la Comunitat Valenciana, ha sido aplicada a los cinco procesos de designación de Senadores o Senadoras llevados a cabo por Les Corts al amparo de lo previsto en el artículo 69.5 de la Constitución, con ocasión e inmediatamente después de las sucesivas renovaciones de Les Corts verificadas a raíz de las elecciones autonómicas celebradas en 1991, 1995, 1999, 2003 y 2007, así como a los procesos de designación verificados cada vez que, mediada la legislatura, ha sido menester cubrir una plaza vacante en el Senado. La modificación de la norma introduce, como punto esencial, un trámite de comparecencia ante Les Corts de las personas candidatas al Senado que permita constatar sus méritos y conocer de primera mano su trayectoria. Asimismo, se establece una nueva regulación de su comparecencia, ante Les Corts. La entrada en vigor en 2006 del nuevo Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana aconseja introducir en la vigente Ley cambios menores referidos a la denominación de las instituciones autonómicas, así como cuestiones de técnica normativa. Es, por ello, que, en virtud de todas estas consideraciones, y al amparo de lo previsto en el artículo 26.1 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, el Consell presentó el Proyecto de ley de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana.
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