Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 13

En vigor desde 3 dic 1999
En las zonas urbanas con especial problemática sociocultural se dará prioridad a la creación de unidades de Educación Infantil, así como a la oferta de programas de garantía social.
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eli/es-an/l/1999/11/18/9#art-13

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