Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 28 may 1991
Se autoriza al Gobierno para que efectúe las transferencias de crédito necesarias con cargo a la sección 13, «Departamento de Industria y Energía», de los Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 1991, a fin de atender al gasto derivado de la dotación inicial del Instituto.
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