Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 3 oct 2026
1. El Ayuntamiento de Barcelona debe cumplir las obligaciones establecidas por la presente ley en el marco de su régimen municipal especial. 2. Los ayuntamientos de los municipios del Área Metropolitana de Barcelona deben cumplir las obligaciones establecidas por la presente ley de acuerdo con el marco legal y competencial vigente. 3. El Consejo General de Arán debe cumplir las obligaciones establecidas por la presente ley en el marco de su régimen especial.
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eli/es-ct/l/2026/07/02/8#disposicion-adicional-primera

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