Título TÍTULO V

Art. 73

En vigor desde 24 dic 2018
1. El Presidente del Consejo elevará a la Junta General la memoria a que se refiere el artículo anterior y comparecerá ante la Comisión parlamentaria correspondiente para dar cuenta de la misma, así como cuantas veces sea requerida su presencia ante ella. 2. Las relaciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno del Principado de Asturias con la Junta General del Principado de Asturias se producirán por conducto de la Mesa de la Cámara, sin perjuicio del órgano parlamentario que en cada caso sea competente.
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eli/es-as/l/2018/09/14/8#art-73

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