Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 14 jun 2015
La asociación de cabildos insulares «Federación Canaria de Islas» (FECAI) ostentará la representación institucional de los mismos en sus relaciones con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
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eli/es-cn/l/2015/04/01/8#disposicion-adicional-primera

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