Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 17
En vigor desde 22 jul 2012
Sin perjuicio de la libertad de los usuarios de servicios turísticos y de las empresas turísticas en la elección de la vía legal para la resolución de discrepancias y conflictos que se produzcan entre sí, la administración turística fomentará el arbitraje de consumo.
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Proeli/es-ib/l/2012/07/19/8#art-17