Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 176
En vigor desde 14 jul 2010
Las corporaciones locales que contemplen en sus respectivas relaciones de puestos de trabajo el conocimiento del idioma valenciano hasta el nivel medio como requisito del puesto, participarán tanto en el concurso ordinario como en el unitario con dicho nivel.
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Proeli/es-vc/l/2010/06/23/8#art-176