Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 1 sept 2009
La aprobación de la presente ley implica la adaptación o supresión de los artículos que se opongan a ella del mandato-marco a la Corporación RTVE –aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión del 11 de diciembre de 2007 y por el Pleno del Senado en su sesión del 12 de diciembre de 2007–.
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Proeli/es/l/2009/08/28/8#disposicion-adicional-primera