Título TÍTULO IV
Art. 37
En vigor desde 29 jun 1993
El cumplimiento de los preceptos de la presente Ley será exigible para la aprobación de los instrumentos de planeamiento y de su ejecución, así como para la concesión de las preceptivas licencias y autorizaciones municipales.
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Proeli/es-md/l/1993/06/22/8#art-37