Art. DISPOSICIÓN TRANSITORIA

En vigor desde 31 ene 1979
DISPOSICIÓN TRANSITORIA Se podrán integrar en el Colegio Oficial de Geológos aquellos Licenciados y Doctores en Ciencias Naturales que sean miembros de la Asociación de Geólogos Españoles.
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eli/es/l/1978/12/26/73#disposicion-transitoria

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