Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Integración de la igualdad entre mujeres y hombres en el sistema educativo
Art. 44
En vigor desde 31 dic 2023
La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la consejería con competencias en materia de educación, incluirá en los planes de formación permanente para el profesorado, como materia específica, la igualdad y la violencia de género, diseñando cursos específicos de formación sobre la educación en igualdad, procurando la actualización permanente en esta materia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2023/11/30/7#art-44