Capítulo CAPÍTULO V

Art. 15

En vigor desde 29 mar 2023
El Gobierno tiene que fomentar el buen uso del nombre, la bandera y los símbolos de las Illes Balears en la sede social de las comunidades baleares o isleñas fuera del territorio o en los actos que organicen o en que participen.
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eli/es-ib/l/2023/03/22/7#art-15

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