Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 1 ene 2015
Uno. Se modifica el apartado 4 del artículo 74 del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, dándole la siguiente redacción: «4. La admisión a los exámenes para obtener la capacitación para la actividad de transporte nacional e internacional de mercancías o viajeros, así como la de operador de transporte, consejero de seguridad, y conductor de taxis de áreas de prestación conjunta; la admisión a exámenes de cualificación inicial del certificado de aptitud profesional (CAP); y la expedición de los correspondientes certificados o títulos.» Dos. Se modifica el apartado 6 del artículo 74 del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, dándole la siguiente redacción: «6. La primera expedición de la tarjeta identificativa o su renovación por cambio de vehículo.»
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eli/es-vc/l/2014/12/22/7#art-3

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