Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 54

En vigor desde 29 nov 2012
La asistencia psicosocial a las víctimas será gratuita y su prestación se integrará en la asistencia y atención integral especializada, procurando la recuperación psicológica y social para alcanzar su autonomía, con el fin de evitar nuevas situaciones de riesgo de maltrato.
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eli/es-vc/l/2012/11/23/7#art-54

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