Título TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 12 jul 2000
El Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobará el Catálogo Regional del Patrimonio Arquitectónico en el plazo de cuatro años desde la entrada en vigor de la presente Ley.
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eli/es-md/l/2000/06/19/7#disposicion-transitoria-unica

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