Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 19
En vigor desde 26 nov 1999
Las enajenaciones de bienes patrimoniales se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, por la normativa reguladora de la contratación de las Administraciones Públicas.
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Proeli/es-an/l/1999/09/29/7#art-19