Art. Artículo cuarto
En vigor desde 23 jul 1969
Vacante la Jefatura del Estado, el Príncipe Don Juan Carlos de Borbón y Borbón prestará juramento y será proclamado Rey por las Cortes Españolas, conforme al artículo séptimo de la Ley de Sucesión, y dentro del plazo de ocho días desde aquel en que se produzca la vacante.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1969/07/22/62#articulo-cuarto