Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 92

En vigor desde 12 may 2023
Para contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 77.1, la Comunidad de Madrid, en función de sus disponibilidades presupuestarias, podrá promover el establecimiento de medidas de fomento a favor de las personas físicas o jurídicas privadas titulares de derechos, propietarias o poseedoras de documentos de titularidad privada constitutivos del Patrimonio Documental Madrileño.
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eli/es-md/l/2023/03/30/6#art-92

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