Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 4

En vigor desde 2 abr 2023
Son principios informadores de esta ley los siguientes: a) El aseguramiento de la rentabilidad del modelo de agricultura social y familiar a través de medidas públicas que compensen su déficit de competitividad. b) La agricultura y la ganadería familiares como generadoras específicas de bienes hacia el resto de la sociedad: producción endógena de alimentos, vertebración territorial, mantenimiento poblacional, paisaje y cultura. c) La perspectiva de género como enfoque para abordar la creciente masculinización y pérdida de población en el medio rural. d) La sostenibilidad ambiental y la eficiencia productiva en el uso de los recursos naturales. e) El rejuvenecimiento y la profesionalidad del sector. f) La creación de valor por parte de las tecnologías de la información y comunicación a través del aumento de la transparencia en la Administración, el fomento de la innovación, la mejora de los sistemas de información públicos y el fomento de la interoperabilidad entre los mismos. g) La garantía de la protección del sector ganadero, así como del mantenimiento y aprovechamiento sostenible de pastos y superficies pastables, contribuyendo así a la mejora de la biodiversidad y de los suelos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2023/02/23/6#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil