Título TÍTULO IV

Art. 22

En vigor desde 25 mar 2023
1. Se establecerá un modelo integral de tratamiento para personas con trastorno por abuso de alcohol y otras conductas adictivas con o sin sustancias, como las drogas, el juego patológico, la pornografía o las nuevas tecnologías. 2. Se potenciarán las actuaciones orientadas a la detección precoz e intervención temprana a las adicciones tempranas en el abuso al alcohol y conductas adictivas, haciendo hincapié en las nuevas adicciones y abusos, especialmente en ciertos colectivos. 3. Se realizará un plan asistencial integral para el tratamiento de trastornos relacionados con las adicciones en coordinación con entidades y asociaciones. 4. El Gobierno de La Rioja elaborará protocolos y programas para la prevención de enfermedades de salud mental y lucha contra el estigma, que deberán contar con la financiación presupuestaria suficiente para su puesta en marcha. Para su efectivo cumplimiento, dichos protocolos y programas deberán contar con una partida anual que permita su ejecución en el ejercicio presupuestario en el que se aprueben y que tendrá carácter anual.
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eli/es-ri/l/2023/03/22/6#art-22

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