Art. 1
En vigor desde 19 nov 2009
El objeto de la presente ley es regular el ejercicio de la libertad de elección de médico de familia, pediatra y enfermero en atención primaria y de médico y hospital en atención especializada, con excepción de la atención domiciliaria y las urgencias.
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Proeli/es-md/l/2009/11/16/6#art-1