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Art. 32
En vigor desde 15 dic 2016
Las infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios se califican como leves, graves y muy graves, de acuerdo con lo establecido en esta ley y en la normativa básica estatal que resulte de aplicación.
Se modifica por el .2 de la Ley 8/2016, de 12 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-226
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2001/05/24/6#art-32