Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1. ª De las oficinas de farmacia›§ Requisitos de los locales
Art. 12
En vigor desde 26 jun 1998
Los locales e instalaciones de las oficinas de farmacia reunirán las condiciones higiénico-sanitarias necesarias para prestar una asistencia farmacéutica correcta y adecuada.
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Proeli/es-vc/l/1998/06/22/6#art-12