Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 30 dic 2007
En el ámbito de la Administración General del Estado y sin perjuicio de las funciones de otros Departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Cultura, por medio del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, el ejercicio de las funciones estatales que en esta Ley se determinan.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2007/12/28/55#art-3