Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO XIII
Art. Disposición transitoria duodécima
En vigor desde 7 dic 2011
La modificación introducida en el artículo 17.2.a) de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, por el artículo 1 de esta Ley, será aplicable a los rendimientos devengados desde el día 1 de octubre de 1999.
A estos efectos, la cuantía del salario medio correspondiente a 1999 será 2.500.000 pesetas.
Téngase en cuenta se declara la inconstitucionalidad y nulidad del primer párrafo, con los efectos que se indican en el fundamento jurídico 6, por Sentencia TC 176/2011, de 8 de noviembre. Ref. BOE-A-2011-19234 .
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del primer párrafo, con los efectos que se indican en el fundamento jurídico 6, por Sentencia del TC 176/2011, de 8 de noviembre. Ref. BOE-A-2011-19234 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1999/12/29/55#disposicion-transitoria-duodecima