Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IX
Art. Disposición final quinta
En vigor desde 1 ene 2003
Se autoriza al Gobierno para que, de conformidad con la naturaleza pública de la Mutualidad General Judicial y en el marco de lo establecido en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, proceda mediante Real Decreto a la constitución o reestructuración de sus órganos de gobierno, administración y representación, determinando su composición, funcionamiento y atribuciones.
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Proeli/es/l/2002/12/30/53#disposicion-final-quinta