Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 28

En vigor desde 1 ene 2026
Los recursos de la Hacienda Pública estarán destinados a satisfacer el conjunto de sus obligaciones, salvo que por ley se establezca su afectación para fines determinados.
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eli/es-md/l/2025/12/23/5#art-28

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