Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Infracciones y sanciones en materia de vivienda en general

Art. 114

En vigor desde 24 ene 2026
1. Las infracciones tipificadas en esta sección serán sancionadas con multas en las siguientes cuantías: a) Las infracciones leves, hasta 6.000 euros. b) Las infracciones graves, desde 6.001 hasta 20.000 euros. c) Las infracciones muy graves, con multa desde 20.001 hasta 60.000 euros. 2. A falta de un criterio de graduación específico en esta ley o en su normativa de desarrollo, las sanciones se aplicarán conforme a lo establecido en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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eli/es-an/l/2025/12/16/5#art-114

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