Título TÍTULO ÚNICO

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 10 oct 2025
La tramitación de los procedimientos en materia de memoria democrática iniciados y no concluidos a la entrada en vigor de esta ley decaerán de manera automática, a excepción de los procesos de exhumación. Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de esta disposición, desde el 29 de abril de 2025 para las partes del proceso, y desde el 5 de junio de 2025 para los terceros, por providencia del TC de 27 de mayo de 2025, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 3112/2025, Ref. BOE-A-2025-11196 , y que se mantiene la suspensión por auto del TC 88/2025, de 9 de septiembre. Ref. BOE-A-2025-20269 Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación de esta disposición por auto del TC 88/2025, de 9 de septiembre. Ref. BOE-A-2025-20269 Se suspende la vigencia y aplicación, desde el 29 de abril de 2025 para las partes del proceso, y desde el 5 de junio de 2025 para los terceros, por providencia del TC de 27 de mayo de 2025, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 3112/2025. Ref. BOE-A-2025-11196

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eli/es-vc/l/2024/07/26/5#disposicion-transitoria-segunda

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