Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO X›Secc. Sección 9.ª De las cooperativas de seguros
Art. 142
En vigor desde 14 abr 2023
Son cooperativas de seguros las que ejercen la actividad aseguradora en los ramos y con los requisitos establecidos en la legislación del seguro y, con carácter supletorio, en la Ley de cooperativas.
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Proeli/es-ib/l/2023/03/08/5#art-142