Título TÍTULO XIII
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 14 dic 2023
1. Quedan derogadas la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y cuantas disposiciones de igual rango se opongan a lo dispuesto en esta ley.
Asimismo, quedan derogadas las disposiciones de inferior rango en lo que resulten incompatibles con la normativa estatal de carácter básico, con esta ley o con las normas de desarrollo de la misma.
2. No obstante, aquellas materias reguladas en esta ley para cuya aplicación sea necesario el posterior desarrollo reglamentario continuarán rigiéndose por las previsiones de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y sus disposiciones de desarrollo, hasta que entren en vigor las correspondientes disposiciones reglamentarias.
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Proeli/es-an/l/2023/06/07/5#disposicion-derogatoria-unica