Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 69

En vigor desde 14 dic 2023
El personal funcionario percibirá las indemnizaciones por razón del servicio en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen. Sus tipos y cuantías serán únicos por cada concepto para todo el personal.
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eli/es-an/l/2023/06/07/5#art-69

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