Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 140
En vigor desde 14 dic 2023
La provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal laboral se realizará de conformidad con lo que establezcan los convenios colectivos que sean de aplicación y, en su defecto, por el sistema de provisión de puestos y movilidad del personal funcionario de carrera.
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Proeli/es-an/l/2023/06/07/5#art-140