Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección cuarta. Procedimiento ordinario§ Subsección segunda. Fases del procedimiento ordinario

Art. 60

En vigor desde 7 mar 2019
Finalizados los trabajos de investigación de la propiedad, y una vez se disponga de todos los datos que permitan determinar la situación física y jurídica de las parcelas, la comisión local de reestructuración parcelaria aprobará las bases provisionales de la reestructuración y la dirección general competente en materia de reestructuración parcelaria las someterá a trámite de información pública por plazo de un mes, previa comunicación en la forma prevista en el artículo 42 de esta ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2019/02/28/5#art-60

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil