Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 13 mar 2018
Los objetivos específicos de la ley son los siguientes: a) Definir los elementos constituyentes de la huerta como espacio emblemático y con valores dignos de protección. b) Establecer disposiciones normativas y criterios de aplicación directa para garantizar una conservación activa de los suelos de la huerta y sus múltiples valores. c) Establecer un marco general de régimen de usos y actividades compatibles con la protección de los valores de la Huerta de València, que se desarrollará mediante un instrumento de ordenación supramunicipal que sirva para consolidar y recuperar los espacios de huerta. d) Proponer la creación de un órgano de gestión adecuado que, entre otras acciones, impulse y gestione la actividad económica en la Huerta de València, promueva el conocimiento de sus valores para la ciudadanía y vele por su recuperación. e) Prever la futura dotación del órgano de gestión de los instrumentos de financiación que permitan el cumplimiento de sus funciones. f) Establecer instrumentos y medidas de naturaleza urbanística para recuperar y poner en valor espacios degradados de la huerta. g) Definir instrumentos de ordenación, gestión, dinamización y desarrollo de la actividad agraria en la Huerta de València adecuados para la consecución del objetivo de potenciación de una huerta productiva y rentable.
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eli/es-vc/l/2018/03/06/5#art-2

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