Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 8 nov 2018
En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, la Junta de Extremadura, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, aprobará el Plan Autonómico de Prevención y Sensibilización en el Consumo de Bebidas Alcohólicas por Menores de Edad.
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