Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección tercera. De la troncalidad en Bizkaia, Aramaio y Llodio›§ Subsección segunda. De los derechos troncales de adquisición preferente

Art. 74

En vigor desde 3 oct 2015
No tendrá lugar el derecho de adquisición preferente en la enajenación de fincas radicantes en suelo urbano o urbanizable sectorizado.
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eli/es-pv/l/2015/06/25/5#art-74

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