Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 30 dic 2014
Se autoriza al Gobierno para que teniendo en cuenta la legislación estatal de aplicación y en ejercicio de la competencia exclusiva en materia de vivienda, regule mediante decreto las condiciones de diseño y habitabilidad de las viviendas libres y protegidas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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eli/es-cb/l/2014/12/26/5#disposicion-final-primera

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