Art. 4

En vigor desde 6 ago 2004
Por medio del departamento competente en materia de educación, el Gobierno debe garantizar el carácter educativo, la calidad y los requisitos mínimos que deben cumplir los diversos modelos de guarderías que la realidad catalana exige, y debe considerar a éstas como una parte del sistema educativo.
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eli/es-ct/l/2004/07/09/5#art-4

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