Capítulo CAPÍTULO III
Art. 22
En vigor desde 17 jul 2001
La Oficina de Ciencia, Tecnología e Información informará y asesorará a los investigadores, centros, organismos y empresas que realicen actividades de investigación en materia de ayudas y subvenciones regionales, estatales o internacionales a la investigación, al desarrollo tecnológico y a la innovación.
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Proeli/es-cn/l/2001/07/09/5#art-22