Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final
En vigor desde 25 oct 1998
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares».
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Proeli/es-ib/l/1998/10/23/5#disposicion-final