Título TÍTULO VCapítulo CAPITULO II

Art. 143

En vigor desde 27 ago 2010
La SAGEP estará obligada a destinar anualmente como mínimo el 1 por ciento de su masa salarial a la formación continua de sus trabajadores para garantizar su profesionalidad. Se añade por el de la Ley 33/2010, de 5 de agosto. Ref. BOE-A-2010-12703

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eli/es/l/2003/11/26/48#art-143

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