Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 3.ª Otras normas de protección

Art. 54

En vigor desde 24 nov 2002
Se añade un apartado 5 al artículo 65 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, con el siguiente tenor literal: «5. Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 59.3 de esta Ley respecto a las especiales categorías de miembros de los mercados de futuros y opciones.»
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eli/es/l/2002/11/22/44#art-54

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