Art. Disposición final primera

En vigor desde 30 ene 2025
El Gobierno, a propuesta del Ministerio con competencia en materia de Memoria Democrática, y previo informe de los Ministerios con competencia en materia de Hacienda y Justicia, desarrollará reglamentariamente lo dispuesto en esta ley. Se modifica por la disposición final 1.4 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero. Ref. BOE-A-2025-1560#df Se deja sin efecto la modificación de esta disposición por Resolución de 22 de enero de 2025, que publica el Acuerdo del Congreso de los Diputados por el que se deroga el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-1136 Se modifica por la disposición final 1.4 del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-26915

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eli/es/l/1998/12/15/43#disposicion-final-primera

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