Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional decimotercera

En vigor desde 18 ene 2007
Las plantillas máximas de militares profesionales de Tropa y Marinería a alcanzar el 31 de diciembre del año 2007 no podrán superar los 85.000 efectivos. Se autoriza al Ministerio de Defensa a iniciar los procesos de selección y reclutamiento a partir de la aprobación de la presente Ley.
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eli/es/l/2006/12/28/42#disposicion-adicional-decimotercera

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