Título TÍTULO VIII

Art. Disposición final única

En vigor desde 20 ene 1995
Se autoriza al Gobierno para afectar al plan de empleo rural créditos destinados a la financiación del Programa de inversiones públicas, así como a fijar las condiciones de contratación y las características del colectivo de trabajadores a emplear en la ejecución de dichos proyectos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1994/12/30/41#disposicion-final-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil