Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 31 dic 2006
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Ley: a) Los estacionamientos en las denominadas zonas de estacionamiento regulado o en la vía pública, tanto si exigen el pago de tasas como si éstas no se devengaren. b) Los estacionamientos no retribuidos directa o indirectamente. Se modifica la letra b) por el .2 de la Ley 44/2006, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-22950

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eli/es/l/2002/11/14/40#art-2

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